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Litigios
Un abogado litigante comercial en Bogotá sirve cuando una factura no se paga, un contrato se incumple o un socio impugna una decisión. Acompañamos a empresas en procesos ejecutivos, disputas contractuales y societarias, arbitraje y demandas contra el Estado. Con la estrategia definida antes de demandar, la empresa elige el foro, conserva los términos y ordena la prueba.
Momento empresarial
El conflicto ya es inevitable. Lo que sigue en juego es la posición.
Decisiones
Decisiones en las que intervenimos
Proteger el negocio
Cobro de cartera, defensa frente a demandas y medidas cautelares ante el incumplimiento de un tercero.
Crecer con nuevos socios
Impugnación de decisiones, abuso del derecho de voto y ejecución de acuerdos de accionistas.
Adquirir una empresa
Reclamaciones posteriores al cierre por declaraciones y garantías, ajustes de precio e indemnidades.
Invertir en Colombia
Cláusula de solución de controversias y representación en arbitraje nacional o internacional.
Alcance
Qué atendemos
Cobro ejecutivo
Demandas ejecutivas con facturas, pagarés y contratos, con embargo y secuestro de bienes.
Controversias contractuales
Cumplimiento, resolución y perjuicios en contratos de suministro, distribución, obra y servicios.
Litigio societario
Impugnación de decisiones, abuso del voto y responsabilidad de administradores ante la Superintendencia de Sociedades.
Arbitraje
Representación ante tribunales arbitrales, de la demanda al recurso de anulación del laudo.
Contencioso administrativo
Nulidad y restablecimiento del derecho, contratos estatales y reparación directa.
Defensa penal tributaria
Omisión del agente retenedor o recaudador, junto con el área Tributario.
Cómo intervenimos
Cuatro momentos de una disputa empresarial
01
Antes del conflicto
Cláusula de controversias, foro y prueba documental previstos desde el contrato.
02
Evaluación y estrategia
Términos, título, prueba y foro competente, revisados antes de escribir a la contraparte.
03
Conciliación y negociación
Conciliación cuando es requisito y propuestas de acuerdo respaldadas por la posición procesal.
04
Proceso y ejecución
Demanda o contestación, audiencias, recursos, sentencia o laudo, y cobro de lo reconocido.
Temas frecuentes
Disputas que con más frecuencia enfrenta la empresa
Un cliente no paga una factura
Una factura que cumple los artículos 772 y siguientes del Código de Comercio es título valor; si el comprador no la reclama dentro de los tres días hábiles siguientes a su recepción, queda aceptada. Con ella, o con un pagaré, se demanda por la vía ejecutiva y se piden embargos desde el inicio.
Un contrato se incumplió y hay perjuicios
Si la obligación no consta en un título ejecutivo, procede un proceso declarativo de cumplimiento o resolución del contrato, con perjuicios. Si el asunto es conciliable, antes debe intentarse la conciliación extrajudicial, salvo que se pidan medidas cautelares. La prueba se arma desde el primer día: correos, actas de entrega y facturas.
Un conflicto entre socios o accionistas
La Superintendencia de Sociedades, por medio de su Delegatura de Procedimientos Mercantiles, actúa como juez en impugnación de decisiones sociales, abuso del derecho de voto, ejecución de acuerdos de accionistas y desestimación de la personalidad jurídica. La acción de impugnación caduca a los dos meses. Muchas de estas disputas se previenen con estatutos y acuerdos de accionistas bien redactados.
El contrato tiene cláusula arbitral
Si el contrato remite a arbitraje, decide un tribunal arbitral, institucional si el pacto no dice otra cosa. Sin término pactado, el proceso dura seis meses desde la primera audiencia de trámite, prorrogables. Contra el laudo solo cabe el recurso extraordinario de anulación, por las causales del artículo 41 de la Ley 1563 de 2012.
Una autoridad expidió un acto que afecta a la empresa
Ante quién
Dónde se decide la disputa
Jueces civiles de Bogotá
Municipales o del circuito, según la cuantía: procesos ejecutivos y declarativos.
Superintendencia de Sociedades
Decide como juez, a prevención con los jueces, los conflictos societarios del artículo 24 del Código General del Proceso.
Tribunales arbitrales
Deciden lo pactado en la cláusula arbitral; la anulación del laudo va al Tribunal Superior o al Consejo de Estado.
Centros de conciliación y Procuraduría
Conciliación extrajudicial: los centros en lo civil y comercial; la Procuraduría en lo contencioso administrativo.
Jurisdicción contencioso administrativa
Juzgados, Tribunal Administrativo de Cundinamarca y Consejo de Estado: demandas contra actos y contratos estatales.
Criterio
La estrategia se decide antes de la demanda
En un litigio comercial la primera decisión no es cómo redactar la demanda, sino qué se pide primero. Si la empresa solicita medidas cautelares, puede acudir directamente al juez sin agotar la conciliación prejudicial, como prevé el artículo 67 de la Ley 2220 de 2022, y no tiene que enviar la demanda al deudor al presentarla. Esa elección define si el deudor se entera antes o después del embargo. Por eso revisamos patrimonio, títulos y términos antes de cualquier requerimiento: una carta de cobro mal calculada puede costar más que el silencio.
Quién lidera

Socio director
Juan José Goyeneche
Define con el cliente la estrategia de cada disputa antes de presentar la primera demanda o la primera respuesta.
Preguntas frecuentes
Lo que suelen preguntarnos
¿Cuánto tiempo tengo para cobrar una factura vencida?
Si la factura es título valor, la acción cambiaria directa prescribe en tres años desde su vencimiento (artículos 779 y 789 del Código de Comercio). La demanda interrumpe la prescripción solo si el mandamiento de pago se notifica al deudor dentro del año siguiente a su notificación al demandante (artículo 94 del Código General del Proceso).
¿Es obligatorio conciliar antes de demandar a una empresa?
En asuntos civiles y comerciales conciliables, la conciliación extrajudicial es requisito de los procesos declarativos, salvo excepciones como los divisorios y los monitorios (artículo 68 de la Ley 2220 de 2022). No lo es en el proceso ejecutivo ni cuando se piden medidas cautelares. Sin la constancia, el juez inadmite la demanda.
¿Cuánto tiempo tengo para demandar un acto administrativo?
Cuatro meses para la nulidad y restablecimiento del derecho, desde el día siguiente a la comunicación, notificación, ejecución o publicación del acto, salvo excepciones legales (artículo 164 de la Ley 1437 de 2011). La solicitud de conciliación ante la Procuraduría suspende el término hasta la constancia o hasta por tres meses.
¿Cuánto dura un proceso arbitral en Colombia?
Si el pacto arbitral no fija término, seis meses desde que termina la primera audiencia de trámite, prorrogables a solicitud de las partes hasta por seis meses más (artículo 10 de la Ley 1563 de 2012). Se suman las suspensiones; las pedidas por las partes no pueden exceder de 120 días.
Conversemos sobre su disputa.
Si su empresa tiene una factura sin pagar, recibió una demanda o fue citada a conciliación, cuéntenos qué ocurrió y desde cuándo corre el término.
